El Expediente Clínico es...
-El conjunto único de información y Datos Personales de un paciente, que se integra dentro de todo tipo de establecimiento para la atención médica, ya sea público, social o privado, el cual, consta de documentos escritos, gráficos, imagenológicos, electrónicos, y de cualquier otra índole, en los cuales, el personal de salud deberá hacer los registros, anotaciones, en su caso, constancias y certificaciones correspondientes a su intervención en la atención médica del paciente, con apego a las disposiciones jurídicas aplicables. (NOM-004-SSA3-2012)D.O.F.
-Los prestadores de servicios de atención médica de los establecimientos de carácter público, social y privado, estarán obligados a integrar y conservar el Expediente Clínico. Los establecimientos serán solidariamente responsables respecto del cumplimiento de esta obligación, por parte del personal que preste sus servicios en los mismos, independientemente de la forma en que fuere contratado dicho personal.
-Todo Expediente Clínico, deberá tener los siguientes datos generales: Tipo, nombre y domicilio del establecimiento y en su caso, nombre de la Institución a la que pertenece; en su caso, la razón y denominación social del propietario o concesionario y, nombre, sexo, edad y domicilio del paciente.
¿Cómo se integra el Expediente Clínico?
-El
Expediente Clínico se integra por toda la información generada de la atención médica que se ha brindado al paciente desde su ingreso hasta la última consulta en el Instituto.
-El
Expediente Clínico en nuestra Institución esta formado por los siguientes apartados:
1. Historia Clínica y Notas Medicas
2. Resultados de laboratorio realizados en el Instituto
3. Resultados de estudio de gabinete realizados en el Instituto
4. Hojas de Trabajo Social
5. Otros Documentos:
• Hoja de datos de egreso
• Hoja de enfermería
• Hoja de indicaciones médicas
Es importante saber que...
Los Expedientes Clínicos, son propiedad de la institución o del prestador de servicios médicos que los genera, cuando éste, no dependa de una Institución.
Las instituciones del sector público, además de lo establecido en la NOM referida, deberán observar las disposiciones que en la materia estén vigentes.
Sin perjuicio de lo anterior, el paciente en tanto aportante de la información y beneficiario de la atención médica, tiene derechos de titularidad sobre la información para la protección de su salud, así como para la protección de sus datos, en los términos de la NOM antes referida y demás disposiciones jurídicas aplicables.
El uso de los datos contenidos en el Expediente Clínico operan conforme a los principios señalados antes.
Consideraciones del Expediente Clínico:
-Cuando se trate de la publicación o divulgación de datos personales contenidos en el Expediente Clínico, para efectos de literatura médica, docencia, investigación o fotografías, que posibiliten la identificación del paciente, se requerirá la autorización escrita del mismo, en cuyo caso, se adoptarán las medidas necesarias para que éste no pueda ser identificado.
-La información concerniente al
Expediente Clínico es confidencial, tal como se encuentra establecido en los
Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación dela Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas.
-Los profesionales de la salud están obligados a proporcionar información verbal al paciente, a quién ejerza la patria potestad, la tutela, al representante legal o autoridades competentes.
-Cuando se requiera un
Resumen Clínico u otras constancias del
Expediente Clínico, deberá ser solicitado por escrito, por el paciente o su representante legal.
¿Quién además del Titular de los datos puede acceder al Expediente Clínico tratándose de este Instituto?
-El representante legal debidamente acreditado, toda vez que son datos personales y por lo tanto confidenciales, en términos del secreto médico profesional y demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
-Sin autorización del titular de los datos las autoridades judiciales, órganos de procuración de justicia y autoridades administrativas podrán solicitar los expedientes clínicos
-En los establecimientos para la atención médica, la información contenida en el Expediente Clínico será manejada con discreción y confidencialidad, por todo el personal del establecimiento, atendiendo a los principios científicos y éticos que orientan la práctica médica, así como, las disposiciones establecidas en la multicitada NOM y otros ordenamientos jurídicos aplicables.
-Únicamente podrán ser proporcionados a terceros cuando medie la solicitud escrita del paciente, el tutor o representante legal
Es importante saber que ...
La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados establece que: “En todo momento el titular o su representante podrán solicitar al responsable, el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos personales que le conciernen (…) El titular tendrá derecho de acceder a sus datos personales que obren en posesión del responsable, así como conocer la información relacionada con las condiciones y generalidades de su tratamiento. El responsable deberá establecer procedimientos sencillos que permitan el ejercicio de los derechos ARCO, cuyo plazo de respuesta no deberá exceder de veinte días contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud.”
¿Dónde se solicita la reproducción del Expediente Clínico?
Se solicita en la Unidad de Transparencia del INCMNSZ, la cual se ubica en Avenida Vasco de Quiroga No. 15, Col. Belisario Domínguez Sección XVI, Delegación Tlalpan, C.P. 14080, Ciudad de México.
¿Dónde se obtiene la reproducción del Expediente Clínico?
El
Expediente Clínico se recoge en la Unidad de Transparencia del INCMNSZ de lunes a viernes de las 8:00 a 15:00 hrs.
¿En cuánto tiempo se obtiene el Expediente Clínico?
El tiempo de respuesta no podrá exceder de veinte días hábiles.
.
Usted puede solicitar alguno de los apartados referidos en el paso 1 sin necesidad de requerir el< Expediente Clínico completo.
NOTA: Debes saber que la reproducción del Expediente Clínico completo es un proceso que implica el trabajo conjunto de distintas Unidades Administrativas, las cuales actúan con la única intención de entregar un documento completo en beneficio de tu salud
Última modificación :
Abril 2018 por Lic. Gustavo Gonzales Galicia